Subvenciones, donaciones y legados de capital (II)
Enviado por Editorial el Jue, 07/01/2016 - 08:31Continuando con la temática tratada en el problema contable anterior, en esta ocasión vamos a ver el tratamiento de la imputación a resultados de las subvenciones cuando se trata de activos no amortizables.
Cuando el activo subvencionado no se amortiza, la subvención concedida no incide en el resultado del ejercicio y su imputación a resultados se realizará cuando se produzca su enajenación, corrección valorativa por deterioro o baja en balance del activo subvencionado.
Este criterio se aplicará cuando nos encontremos con que el activo subvencionado es un activo no amortizable o un activo financiero.