Recuperación del IVA de facturas impagadas
Enviado por Editorial el Jue, 08/03/2012 - 14:19Hoy en día encontrarnos con empresas inmersas en problemas de tesorería debido al impago de facturas por parte de los clientes es algo que cada vez nos extraña menos. Ahora bien, ¿qué pueden hacer dichas empresas para recuperar el IVA de esa factura impagada?
En líneas generales podemos decir que la Ley 37/1992 (LIVA) establece que el IVA se devengará, en las entregas de bienes, cuando tenga lugar su puesta a disposición del adquirente o, en su caso, cuando se efectúen conforme a la legislación que les sea aplicable y, en las prestaciones de servicios, cuando se presten, ejecuten o efectúen las operaciones gravadas.
Para poder recuperar el IVA repercutido de una factura impagada (modificar la base imponible), la Ley establece que la base imponible podrá reducirse proporcionalmente cuando los créditos asociados a las cuotas repercutidas por las operaciones gravadas sean total o parcialmente incobrables.
Un crédito se considerará incobrable cuando: