Precio contingente en la adquisición de una empresa que no es del grupo
Enviado por Editorial el Vie, 13/12/2024 - 15:57Proponemos una aplicación practica de la Consulta 3 del BOICAC 132, de diciembre de 2022.
La consulta versa sobre una sociedad que adquiere en 2021 una participación del 40 % en el patrimonio de otra sociedad que le otorga influencia significativa sobre la misma. Dicha participación fue incluida a efectos de valoración en la categoría de activos financieros a coste. El precio de adquisición consistió en una cantidad fija que se abonó en el momento de la compraventa, y en un importe variable determinado con una fórmula de cálculo basada en los ebitda que se alcancen entre los años 2021 al 2024, de forma que el precio final a pagar quedará determinado en 2025, una vez se conozcan todos los ebitda de los años citados.
La cuestión que plantea el consultante se concreta en aclarar qué modelo de contraprestación contingente debe aplicarse cuando se adquieren instrumentos financieros cuya valoración posterior sigue el criterio del coste.