Sobre el ámbito de aplicación de las Normas de adaptación del PGC a las entidades sin fines lucrativos
Enviado por Editorial el Lun, 22/07/2013 - 13:02Consulta 4 BOICAC 94, de junio de 2013.
Sobre el carácter obligatorio de las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las Entidades sin Fines Lucrativos.
Respuesta:
El artículo 3.1 del Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos dispone:
"1. Las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos, serán de aplicación obligatoria para todas las fundaciones de competencia estatal y asociaciones declaradas de utilidad pública."