Doctrina Administrativa

Doctrina Administrativa

Calificación contable del mobiliario adquirido por una empresa destinado a la exposición en tiendas y ferias

Consulta 8, BOICAC 98 de junio de 2014

Sobre la calificación contable del mobiliario adquirido por una empresa destinado a la exposición en tiendas y ferias

Respuesta

Del texto de la consulta parece desprenderse que una empresa dedicada a la compraventa de mobiliario de viviendas, ha adquirido mobiliario destinado a la exposición en tienda y ferias y que, posteriormente, pasados dos años podría vender.

El consultante pregunta si este mobiliario de exposición debe estar contabilizado en el activo de la empresa como inmovilizado material o como existencias.

Salario variable abonado por una empresa a sus empleados en función de objetivos. Principio de devengo. MCC

Consulta 9, BOICAC 98 de junio de 2014

Sobre el registro contable de los “bonus” o salarios variables en función de objetivos abonados por una empresa a sus empleados

Respuesta

Una empresa va a abonar a sus empleados un “bonus” (salario variable en función de objetivos alcanzados) que se devenga a lo largo del ejercicio 2014, pero la determinación del importe a abonar y el pago no se producirán hasta el ejercicio siguiente. En concreto, se cuestiona el tratamiento contable de este “bonus” y de las cuotas de la seguridad social a cargo de la empresa asociadas al mismo.

Consideración de interés público a efectos de lo dispuesto en la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas o dejan de tener tal consideración

Consulta 1 (Auditoría),  BOICAC 97 de marzo de 2014 

Sobre el ejercicio en que determinadas entidades pasan a tener la consideración de interés público a efectos de lo dispuesto en la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas o dejan de tener tal consideración.

Respuesta

La consulta recibida se refiere a los supuestos de las entidades definidas en el artículo 15.1 b), d) y e) del Reglamento de desarrollo del texto refundido de la Ley de Auditoría de cuentas (RAC, en adelante), aprobado por el Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre (referidos a las instituciones de inversión colectiva y sus sociedades gestoras, las empresas de servicios de inversión, los fondos de pensiones y sus sociedades gestoras y las entidades distintas a las anteriores por razón de superar determinado tamaño), respecto a las cuales se plantea cuál es el ejercicio económico en el que dichas entidades van a tener, o dejar de tener, la consideración de entidad de interés público a efectos de lo dispuesto en la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas.

Cesión de instalaciones a una compañía eléctrica por parte de una empresa inmobiliaria en cumplimiento de la regulación vigente. NRV 13ª

Consulta 1,  BOICAC 97 de marzo de 2014

Sobre el tratamiento contable de la infraestructura eléctrica que debe construir una empresa inmobiliaria que actúa como promotor de suelo industrial, logístico y residencial, como una obligación más del proceso urbanizador y que, una vez
construida, cede a la correspondiente compañía eléctrica.

Respuesta:

Una empresa inmobiliaria suscribe acuerdos con compañías eléctricas que contienen la
obligación de llevar a cabo obras que incluyen una infraestructura exterior y/o la construcción de una subestación que permiten cubrir, dada la capacidad excedentaria de la instalación en relación con las necesidades de las actuaciones urbanísticas, otras existentes o que puedan surgir en el futuro en la zona.

Plan de retribución a los empleados de una sociedad dependiente basado en la entrega de instrumentos de patrimonio propio de la sociedad dominante. Tratamiento contable de los “acuerdos de compensación”. NRV 17ª

Consulta 2, BOICAC 97 de marzo de 2014

Sobre el tratamiento contable de los pagos a empleados de una sociedad (filial) con instrumentos de patrimonio concedidos por la sociedad dominante.

Respuesta:

La sociedad dominante de un grupo de sociedades acuerda instrumentar un plan de retribución a ciertos empleados del grupo con instrumentos de patrimonio propios de dicha sociedad, es decir, la obligación de la sociedad dominante se cumple mediante la entrega de instrumentos de patrimonio emitidos por esta sociedad. Dicho plan incluye a empleados que prestan sus servicios en diversas sociedades filiales del grupo.

Contabilización de un “Equity Swap”. NRV 9ª

Consulta 3, BOICAC 97 de marzo de 2014

Sobre el tratamiento contable de los pagos a empleados de una sociedad (filial) con instrumentos de patrimonio concedidos por la sociedad dominante.

Respuesta:

Los términos del “Equity Swap” (ES) que se describen en los antecedentes de la consulta parecen responder a un contrato de intercambio de flujos de efectivo, en cuya virtud, la sociedad A se obliga a pagar un interés (fijo o variable) y la contraparte (una entidad de crédito propietaria de las acciones de la sociedad B) se compromete a entregar el dividendo recibido por su inversión en la sociedad B.

Tratamiento contable de una explotación avícola. Deterioro de valor del inmovilizado. Eficacia de las pérdidas por deterioro para determinados efectos mercantiles. NRV 2ª

Consulta 4, BOICAC 97 de marzo de 2014

Sobre determinados aspectos relacionados con el tratamiento contable de una explotación avícola.

Respuesta:

La consulta se formula en relación con una compañía cuyo objeto social es la actividad de producción, comercialización y venta de productos avícolas y pecuarios, ampliándose el mismo a la actividad de manipulación y envasado de productos avícolas y agropecuarios, así como la producción, comercialización, venta, manipulación y envasado de sus derivados. En ella se plantea la valoración de una camada de aves, que en el momento de su adquisición se registran como inmovilizado en curso y que tras la activación de los costes correspondientes se reclasifican como elementos del inmovilizado material, en particular se detalla la forma de amortizar y de calcular el deterioro de valor de dichas camadas.

Llevanza de la contabilidad y formulación de cuentas anuales por una filial de una sociedad extranjera. Posibilidad de utilizar un idioma distinto al castellano o algunas de las lenguas cooficiales

Consulta 5, BOICAC 97 de marzo de 2014

Sobre la posibilidad de llevar la contabilidad y presentar las cuentas en un idioma distinto al castellano o algunas de las lenguas cooficiales.

Respuesta:

Las obligaciones contables de una empresa están reguladas en el Código de Comercio, el Plan General de Contabilidad, el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas, y, en su caso, en el texto refundido de la Ley se Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.

Desembolsos realizados por una sociedad para poner en condiciones de explotación una plantación agrícola. Normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas del sector vitivinícola

Consulta 6, BOICAC 97 de marzo de 2014

Sobre el reflejo contable de los gastos realizados por una sociedad dedicada a una explotación agrícola.

Respuesta:

La Disposición Transitoria Quinta. Desarrollos normativos en materia contable, apartado 1, del Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad (PGC), expresa:

“Con carácter general, las adaptaciones sectoriales y otras disposiciones de desarrollo en materia contable en vigor a la fecha de publicación de este real decreto seguirán aplicándose en todo aquello que no se oponga a lo dispuesto en el Código de Comercio, Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, disposiciones específicas y en el presente Plan General de Contabilidad.”

Importe neto de la cifra de negocios de una empresa dedicada a la explotación de máquinas recreativas, y tratamiento contable de la tasa sobre el juego. NRV 20ª.

Consulta 7, BOICAC 97 de marzo de 2014

Sobre el cálculo del importe neto de la cifra de negocios de una empresa dedicada a la explotación de máquinas recreativas, y sobre el tratamiento contable de la tasa sobre el juego que grava esta actividad.

Respuesta:

La empresa consultante se dedica a la explotación de máquinas recreativas. A tal efecto formaliza contratos con los propietarios de los establecimientos en los que se sitúan las máquinas, que reciben a cambio el 50% de la recaudación. Adicionalmente se informa que la explotación de las máquinas recreativas está gravada por una tasa.

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