Sobre el cumplimiento y acreditación del requisito de formación práctica exigido para acceder al Registro Oficial de Auditores de Cuentas
Enviado por Editorial el Jue, 25/06/2015 - 09:03Consulta 1, BOICAC 101 de Marzo de 2015. (Auditoría)
Sobre el cumplimiento y acreditación del requisito de formación práctica exigido para acceder al Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
Respuesta:
1. En el escrito recibido se solicita aclaración sobre la aplicación del régimen transitorio del requisito de formación práctica exigido para acceder al Registro Oficial de Auditores de cuentas, conforme a lo establecido en el artículo 35 y disposición transitoria segunda del Reglamento de desarrollo del texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre.