10. Valoración de los activos y pasivos por impuesto diferido
En cuanto a la valoración de los activos y pasivos por impuesto diferido, la norma 13.ª establece:
«Los activos y pasivos por impuesto diferido se valorarán según los tipos de gravamen esperados en el momento de su reversión, según la normativa que esté vigente o aprobada y pendiente de publicación en la fecha de cierre del ejercicio, y de acuerdo con la forma en que racionalmente se prevea recuperar o pagar el activo o pasivo.
En su caso, la modificación de la legislación tributaria –en especial la modificación de los tipos de gravamen– y la evolución de la situación económica de la empresa dará lugar a la correspondiente variación en el importe de los pasivos y activos por impuesto diferido.»
Las cuentas a utilizar para registrar la variación en los activos y pasivos por impuesto diferido, serán, al igual que en el Plan de 1990:
- 633 «Ajustes negativos en la imposición sobre beneficios».
- 638 «Ajustes positivos en la imposición sobre beneficios».
EJEMPLO 4
Al contabilizar el impuesto correspondiente a un determinado ejercicio cuyo tipo de gravamen es del 32,5%, surgen dos diferencias temporarias:
- Una deducible por importe de 4.000 y
- Otra imponible por importe de 6.000,
cuya reversión se producirá en los ejercicios siguientes para los que el tipo de gravamen, ya aprobado, será del 30%.
El impuesto corriente del ejercicio asciende a 3.000, y las retenciones y pagos a cuenta a 1.400.
Concepto | Debe | Haber |
---|---|---|
Impuesto corriente (6300) | 3.000,00 | |
H.ª P.ª, retenciones y pagos a cuenta (473) | 1.400,00 | |
H.ª P.ª, acreedora por impuesto sobre sociedades (4752) | 1.600,00 |
Concepto | Debe | Haber |
---|---|---|
Activos por diferencias temporarias deducibles (4740) (30% x 4.000) | 1.200,00 | |
Impuesto diferido (6301) | 1.200,00 |
Concepto | Debe | Haber |
---|---|---|
Impuesto diferido (6301) | 1.800,00 | |
Pasivos por diferencias temporarias imponibles (479) (30% x 6.000) | 1.800,00 |
Concepto | Debe | Haber |
---|---|---|
Resultado del ejercicio (129) | 3.600,00 | |
Impuesto corriente (6300) | 3.000,00 | |
Impuesto diferido (6301) | 600,00 |