LA CONTRATACION DE UN ARTISTA.
Enviado por elitfe el Mar, 19/02/2008 - 20:32
Hola,
Mi duda es la siguiente:
Nuestra empresa desde diciembre de 2007 realiza una nueva actividad. La cual es sala de fiestas. Para ello semanalmente contratamos artistas para que actúen en la sala. ¿Dónde podemos contabilizar la contratación de dichos artistas?
Gracias y saludos.
Desconozco
Desconozco en esta actividad las circunstancias que concurren, pero salvo mejor opinión se trata de un servicio de un profesional independiente, por lo tanto a contabilizar en la 623, que es la más adecuada.
Saludos
ES A TRAVES DE UNA REPRESENTANTE
Lo siento pero no me he aclarado correctamente, la contratación del artista ha sido a traves de terceros. Es decir, se ha contratado a través de una empresa representante. En este caso no sería un 623. Lo podemos contabilizar en una 629.
Saludos.
La 623
La 623 recoge también los agentes mediadores independientes. Seguiría manteniendo la 623. La 629, recoge aquellos servicios que no se recojan en otras cuentas : gastos de viaje, oficina, transportes, etc.
Saludos