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Modificación NIC 21 y NIIF 1. Moneda convertible e hiperinflación grave

Se ha publicado en el DOUE el Reglamento 2024/2862 de la Comisión, de 12 de noviembre de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/1803 en lo referente a la Norma Internacional de Contabilidad 21.

En la NIC 21 Efectos de las variaciones en los tipos de cambio de las monedas extranjeras se modifica el párrafo 8 para incluir una explicación de cuando una moneda es convertible y se añaden igualmente una serie de explicaciones adicionales (8A y 8B)

A su vez se añade un párrafo 19A relativo a la estimación del tipo de cambio de contado cuando una moneda no sea convertible en otra en la fecha de valoración.

Se modifica igualmente el párrafo 26 eliminado la parte referente a la pérdida temporal de la posibilidad de negociar 2 monedas.

Noticias IASB. Mejoras específicas en los requisitos de provisiones

Consulta de IASB sobre NIC 37 Provisiones, Pasivos contingentes y Activos contingentes. Imagen de fondo de signo de interrogación azul y espacio o habitación oscuro

El IASB ha publicado una consulta destinada a mejorar los requisitos para el reconocimiento y la medición de las provisiones en los balances de las empresas.

Los inversores buscan información transparente y comparable sobre las disposiciones de las empresas para evaluar los flujos de efectivo y las posiciones financieras futuras. Las mejoras específicas propuestas por IASB ayudarían a las empresas a aplicar los requisitos de manera más coherente y proporcionarían a los inversores información más útil.

IASB. Participación en encuestas sobre los requisitos contables aplicables a los intangibles

IASB. Participación en encuestas sobre los requisitos contables aplicables a los intangibles. Imagen de una persona haciendo una encuesta digita satisfactoria

El IASB ha lanzado 2 encuestas dirigidas una a los inversores y otra a empresas y otras partes interesadas para recabar su opinión sobre los requisitos contables aplicables a los intangibles. El objetivo es evaluar si los requisitos de la NIC 38 Activos intangiblessiguen siendo pertinentes y siguen reflejando los modelos de negocio actuales, o si el IASB debería mejorarlos.
La encuesta está abierta hasta el 30 de noviembre de 2024 y el IASB anima a todos los inversores, empresas y otras partes interesadas a participar y garantiza que sus opiniones serán tomadas en cuenta.

Las respuestas a esta encuesta influirán en la dirección que tome el proyecto del IASB. Los resultados serán analizados en una futura reunión del IASB a principios de 2025.

Fuente: icac.gob.es

Proyecto de Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad

Aprobado el proyecto de Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad. Imagen de una bola del mundo y un martillo de madera con una escala de oro para el derecho internacional concepto ambiental de negocios corporativos e industria

El Consejo de Ministros aprobó ayer el proyecto de Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad para su remisión a las Cortes, por el que se modifican el Código de Comercio, la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditoría de Cuentas. Asimismo, se ha informado, en primera vuelta del anteproyecto de Ley por el que se modifican los criterios de tamaño de las empresas o grupos de empresas a efectos de información corporativa.

Con este proyecto de ley se trasponen dos directivas europeas que mejoran el marco de presentación y verificación de la información sobre cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza, y racionalizan las obligaciones de presentación de información corporativa para las empresas.

La Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad será aplicable a todas las grandes empresas y grupos de empresas, y también, a medianas y pequeñas empresas cotizadas (excepto microempresas).

Calificación de una emisión de acciones preferentes en las cuentas individuales de la emisora

Aplicación practica sobre la calificación de una emisión de acciones preferentes en las cuentas individuales de la emisora. Imagen de lingotes de oro sobre un gráfico

Analizamos con un ejemplo práctico la consulta 4 del BOICAC 131. Según se indica en la consulta, la sociedad A -cuyas acciones están admitidas a cotización posee el 100% de las acciones ordinarias de la Sociedad B, sociedad anónima unipersonal. La sociedad A tiene un consejo de administración de 12 miembros, mientras que la sociedad B tiene un consejo de 5 miembros y ninguno es coincidente con los consejeros de A. La única actividad de B es la emisión de instrumentos financieros, para lo que necesita la garantía de la sociedad A.

La operación objeto de consulta se refiere a la emisión de acciones preferentes por parte de la sociedad B, cuyo garante es la sociedad A. De acuerdo con la información facilitada por el consultante, las características de la emisión son las siguientes:

  • Las acciones preferentes no tienen derecho de voto, son rescatables solo a opción del emisor y su vencimiento es a perpetuidad.
  • La garantía que presta A es sobre el pago de los dividendos y sobre el valor nominal inicial de las acciones más cualquier incremento de valor de dicho nominal que se pueda dar en el futuro, y es retribuida.
  • El dividendo es variable, en función de un tipo de interés de referencia y no acumulativo.
  • El pago obligatorio del dividendo por parte de B está condicionado a que el grupo A tenga beneficios a nivel consolidado y distribuya dividendos.
  • En el caso de que el grupo A tenga beneficios a nivel consolidado y no distribuya dividendos, la sociedad B tiene la opción (pero no la obligación) de evitar el pago de la retribución mediante una remuneración en especie consistente en el incremento del valor nominal de las participaciones preferentes, siempre que la garantía otorgada por la Sociedad A se haga  extensiva a la cuantía incrementada del nominal, contando el emisor y el garante con las autorizaciones societarias oportunas.

Por otro lado, se indica que, en las cuentas anuales consolidadas del grupo, las acciones preferentes se clasifican como socios externos en la medida en que a ese nivel de la entidad que informa el pago de dividendos se encuentra bajo el control del grupo.

COESA publica las directrices no vinculantes de verificación limitada de información de sostenibilidad

COESA publica las directrices no vinculantes de verificación limitada de información de sostenibilidad. Imagen de una mano sujetando una hoja en la que unas manos entrelazadas

La Directiva (UE) 2022/2464, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, publicada en el DOUE el 16 de diciembre de 2022, requiere la adopción de estándares de verificación limitada de la información de sostenibilidad por parte de la Comisión Europea como más tarde el 1 de octubre de 2026.

La Directiva establece a su vez que los Estados Miembros pueden adoptar estándares o pronunciamientos nacionales siempre que la Comisión Europea no haya adoptado estándares a nivel de la UE.

En su considerando 69 menciona que, con el fin de facilitar la armonización de los encargos de verificación limitada, COESA debería adoptar directrices no vinculantes, para establecer así los procedimientos a seguir al expresar una conclusión de verificación limitada sobre los informes de sostenibilidad, en espera de la adopción de un estándar de verificación sobre el mismo tema por parte de la Comisión Europea.

Disponible la actualización de la norma contable NIIF para PYMES de septiembre de 2024

El IASB publica una actualización de la norma contable NIIF para PYMES de septiembre de 2024. Imagen de reunión de pequeño negocio

La actualización de la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES es un resumen elaborado por el personal técnico sobre noticias, eventos y otra información acerca de la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES ® y las actividades relacionadas con las PYMES. El resumen elaborado por el personal técnico no ha sido revisado por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB).

Esta edición de la Actualización de la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES incluye:

- Nueva deliberación de las propuestas del Proyecto de exposición de 2022

En julio de 2024, el IASB completó sus nuevas deliberaciones sobre las propuestas del Proyecto de Norma de 2022. Sujeto a la finalización de sus propuestas en el Proyecto de Norma de Adenda, el IASB dio permiso para que el personal iniciara el proceso de votación para las modificaciones prospectivas a la Norma. El IASB planea emitir la tercera edición de la Norma en el primer trimestre de 2025.

Contabilidad pública. Modificaciones en Instrucciones y documentos contables

Se publica la Orden HAC/965/2024, de 9 de septiembre, por la que se modifican las Órdenes del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996, por las que se aprueban los documentos contables a utilizar por la Administración General del Estado y la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, y la Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración General del Estado.

En la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996 por la que se aprueban los documentos contables a utilizar por la Administración General del Estado, se modifica el punto 1 del apartado sexto y la Nota aclaratoria (2), «Código» para sustituir «retención 1 % cultural» por «retención porcentaje cultural» y el apartado II de la Nota aclaratoria (34), «Fecha del gasto» con el fin de aclarar la fecha que debe consignarse en determinadas operaciones. Asimismo, se incorpora una nueva Nota aclaratoria (260), «Acopios», y se modifica el documento contable «Anexo información adicional» para incorporar en los documentos contables de reconocimiento de la obligación para el pago de certificaciones de obra con cargo al capítulo 6, «Inversiones reales» del Presupuesto de gastos, en los casos en los que incluyan un descuento en el capítulo 8, «Activos financieros» del Presupuesto de ingresos derivado de la aplicación de abonos a cuenta previamente realizados para acopios de materiales.

Los auditores del Tribunal de Cuentas de la UE, el ecologismo y los fondos europeos

Informe de los auditores del Tribunal de Cuentas de la UE sobre los fondos de recuperación y su realidad ecologista. Imagen de arbolito pequeño sobre monedas de dinero

Uno de los principales objetivos del Fondo Europeo de Recuperación y Resiliencia (FRR) es contribuir a los objetivos climáticos de Europa y a la transición ecológica en los Estados miembros de la UE. A diferencia de otras formas anteriores de gasto de la UE, los fondos del FRR se desembolsan en función de los hitos y objetivos alcanzados, en lugar de en función del gasto real. Junto con otras deficiencias, los auditores han constatado que este modelo de financiación y el plazo relativamente corto para la aplicación del FRR han puesto en duda que todo el dinero previsto para la acción climática contribuya realmente a la misma.

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