Valor en uso de un activo financiado parcialmente con una subvención
El Marco Conceptual de la Contabilidad del PGC incluye en su apartado 6º “Criterios de valoración” la siguiente definición de valor en uso:
“El valor en uso de un activo o de una unidad generadora de efectivo es el valor actual de los flujos de efectivo futuros esperados, a través de su utilización en el curso normal del negocio y, en su caso, de su enajenación u otra forma de disposición, teniendo en cuenta su estado actual y actualizados a un tipo de interés de mercado sin riesgo, ajustado por los riesgos específicos del activo que no hayan ajustado las estimaciones de flujos de efectivo futuros. Las proyecciones de flujos de efectivo se basarán en hipótesis razonables y fundamentadas; normalmente la cuantificación o la distribución de los flujos de efectivo está sometida a incertidumbre, debiéndose considerar ésta asignando probabilidades a las distintas estimaciones de flujos de efectivo. En cualquier caso, esas estimaciones deberán tener en cuenta cualquier otra asunción que los participantes en el mercado considerarían, tal como el grado de liquidez inherente al activo valorado.”
De acuerdo con lo establecido en la Consulta 1 del BOICAC 86 de junio de 2011, en caso de que el activo se encuentre subvencionado debemos tener en cuenta las siguientes consideraciones:
- La recuperación del valor en libros del activo en forma de flujos de efectivo a través de la venta de bienes o prestación de servicios, seguramente carezca de relevancia desde la perspectiva del plan de negocios pues dichos costes han sido subvencionados y, por lo tanto, se puede afirmar que se han recuperado en el mismo momento en que se incurren.
- Si el cálculo del valor en uso desconociese el efecto que origina la subvención, la incorporación del activo al patrimonio de la empresa previsiblemente vendría acompañada, ante la ausencia de un valor razonable, de la simultanea corrección valorativa y la correspondiente imputación de la subvención a la cuenta de pérdidas y ganancias, mostrándose en el balance un efecto similar al que se derivaría de una presentación compensada del activo y la subvención, y contrario, por tanto, al criterio seguido por el PGC al considerar que el ingreso que pone de manifiesto la subvención recibida debe tener plenos efectos económicos.
Teniendo en cuenta estos argumentos, la subvención pendiente de imputar a pérdidas y ganancias vinculada a un activo subvencionado se calificará como un componente más del valor en uso del activo para determinar si existe una pérdida por deterioro.
Sin perjuicio de la anterior, en el supuesto de que la empresa se viera obligada a reembolsar la subvención, esta circunstancia debería ser considerada como un indicio de deterioro de valor.
EJEMPLO
La sociedad BRUJULA SIN NORTE, SA adquiere el 1 de enero de 20X0 unos ordenadores cuyo precio de adquisición ha sido de 125.000 um y se han financiado en un 16% con una subvención estatal ya que se cumplían los requisitos de un programa de subvenciones para emprendedores. La obtención de dicha subvención es automática sin perjuicio de que pueda ser comprobada por la administración, y el importe obtenido se ingresa en una cuenta corriente de la sociedad el 1 de marzo de 20X0.
La amortización de los ordenadores se realiza de forma lineal en un plazo de 5 años.
Al cierre del ejercicio 20X1, durante la comprobación de la existencia de indicios de deterioro de los ordenadores se tienen los siguientes datos:
- Valor razonable: 25.000
- Flujos de caja estimados para el año 20X2: 23.000
- Flujos de caja estimados para el año 20X3 18.000
Se pide:
Contabilizar las operaciones que realizara la sociedad hasta el 31 de diciembre de 20X1 considerando lo siguiente:
- Tipo de impuesto sobre sociedades: 30%
- Tipo de actualización: 10%
- A efectos de actualización los flujos se consideran generados a final del ejercicio
SOLUCIÓN
1 de enero de 20X0.
Por la adquisición de los ordenadores:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
217 |
Equipos para procesos de informacion |
125.000 |
|
572 |
Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros |
|
125.000 |
Por la obtención de la subvención:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
4708 |
HP, deudora por subvenciones concedidas |
20.000 |
|
940 |
Ingresos de subvenciones oficiales de capital (125.000 x 16%) |
|
20.000 |
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
8301 |
Impuesto diferido |
6.000 |
|
479 |
Pasivos por diferencias temporarias imponibles (20.000 x 30%) |
|
6.000 |
1 de marzo de 20X0.
Por el ingreso de la subvención obtenida:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
572 |
Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros |
20.000 |
|
4708 |
HP, deudora por subvenciones concedidas |
|
20.000 |
31 de diciembre de 20X0.
Por la amortización de los ordenadores:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
681 |
Amortización del inmovilizado material |
25.000 |
|
281 |
Amortización acumulada del inmovilizado material (125.000 / 5) |
|
25.000 |
Por el traspaso a resultados de la subvención:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
840 |
Transferencia de subvenciones oficiales de capital |
4.000 |
|
746 |
Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos al resultado del ejercicio (20.000 / 5) |
|
4.000 |
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
479 |
Pasivos por diferencias temporarias imponibles |
1.200 |
|
8301 |
Impuesto diferido (4.000 x 30%) |
|
1.200 |
Por la regularización de las cuentas de los grupos 8 y 9:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
940 |
Ingresos de subvenciones oficiales de capital |
20.000 |
|
840 |
Transferencia de subvenciones oficiales de capital |
|
4.000 |
8301 |
Impuesto diferido |
|
4.800 |
130 |
Subvenciones oficiales de capital |
|
11.200 |
31 de diciembre de 20X1:
Por la amortización de los ordenadores:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
681 |
Amortización del inmovilizado material |
25.000 |
|
281 |
Amortización acumulada del inmovilizado material (125.000 / 5) |
|
25.000 |
Por el traspaso a resultados de la subvención:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
840 |
Transferencia de subvenciones oficiales de capital |
4.000 |
|
746 |
Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos al resultado del ejercicio |
|
4.000 |
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
479 |
Pasivos por diferencias temporarias imponibles |
1.200 |
|
8301 |
Impuesto diferido (4.000 x 30%) |
|
1.200 |
Si el importe recuperable, entendido este como el mayor importe entre su valor razonable menos los costes de venta y su valor en uso, es menor que el valor contable del bien, habrá que registrar el correspondiente deterioro:
- Valor contable: 125.000 – (25.000 x 2) = 75.000
- Valor razonable menos costes de venta: 25.000
- Valor en uso: 47.785,12
Calculo del valor en uso:
Valor actual de los flujos de caja estimados [(23.000/1,1) + (18.000/1,12)] |
35.785,12 |
Subvención pendiente de imputar a resultados | 12.000 |
Valor en uso | 47.785,12 |
Al ser el valor en uso mayor que el valor razonable menos los costes de venta, este será el importe recuperable.
- Valor contable: 125.000 – (25.000 x 2) = 75.000
- Valor en uso: 47.785,12
- Deterioro = 27.214,88
Registro del deterioro:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
691 |
Pérdidas por deterioro del inmovilizado material |
27.214,88 |
|
291 |
Deterioro de valor del inmovilizado material (27.214,88 x 80%) |
|
21.771,90 |
217 |
Equipos para procesos de informacion |
|
5.442,98 |
* La NRV 18ª del PGC señala que “se consideraran en todo caso de naturaleza irreversible las correcciones valorativas por deterioro de los elementos en la parte en que estos hayan sido financiados gratuitamente”
Por el traspaso a resultados de la subvención:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
840 |
Transferencia de subvenciones oficiales de capital |
5.442,98 |
|
746 |
Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos al resultado del ejercicio |
|
5.442,98 |
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
479 |
Pasivos por diferencias temporarias imponibles |
1.632,89 |
|
8301 |
Impuesto diferido (5.442,98 x 30%) |
|
1.632,89 |
Por la regularización de las cuentas de los grupos 8 y 9:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
8301 |
Impuesto diferido |
2.832,89 |
|
130 |
Subvenciones oficiales de capital |
6.610,09 |
|
840 |
Transferencia de subvenciones oficiales de capital Subvenciones oficiales de capital |
|
9.442,98 |