El régimen especial del criterio de caja
El legislador, a través de la Ley de apoyo a los emprendedores (y la modificación operada en el Reglamento del IVA), introduce un nuevo régimen especial en el IVA, el del criterio de caja, ampliamente demandado por determinados sectores empresariales y profesionales, que pretende paliar problemas financieros de estos en relación con este impuesto. Se trata de un régimen voluntario que opta por el «sistema o criterio de caja doble» para los sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones no supere los 2 millones de euros: el empresario o profesional retrasa el devengo y la declaración e ingreso del IVA devengado hasta el momento del cobro, total o parcial, a sus clientes, con la fecha límite del 31 de diciembre del año inmediato posterior a aquel en que las mismas se hayan efectuado; y ve retardado también el momento en que nace el derecho a la deducción de las cuotas que soporta en sus adquisiciones hasta el momento en que realiza el pago a los proveedores, con igual límite del 31 de diciembre del año inmediato posterior a aquel en que se hayan efectuado las operaciones. El presente artículo aborda el examen de este nuevo régimen especial en los tres ámbitos básicos del mismo, delimitando su marco subjetivo, el contenido del régimen (que afecta tanto a los sujetos pasivos acogidos al mismo, como a sus clientes o destinatarios empresarios o profesionales) y las obligaciones formales, con especial incidencia en las cuestiones conflictivas que se plantean en su aplicación.
Palabras clave: IVA, regímenes especiales, régimen especial del criterio de caja, devengo, repercusión, deducciones, declaración de concurso, libros registros obligatorios y factura.
Antonio Longás Lafuente
Inspector de Hacienda del Estado
Sumario
1. Introducción
1.1. El criterio de caja según la normativa comunitaria. Finalidad
1.2. Regulación comunitaria
1.3. El criterio de caja en la normativa de los Estados miembros
2. Normativa española. Finalidad de establecer el régimen especial
3. Ámbito subjetivo del régimen especial del criterio de caja
3.1. Sujetos pasivos que pueden acogerse al régimen especial
3.2. Régimen especial optativo o voluntario
3.3. Renuncia del régimen especial
3.4. Exclusión del régimen especial
3.5. Efectos comunes a la renuncia y a la exclusión del régimen especial
4. Requisitos objetivos
4.1. Operaciones incluidas en el régimen
4.2. Operaciones excluidas del régimen
5. Contenido del régimen
5.1. Sujeto pasivo acogido al régimen especial del criterio de caja
5.2. Sujetos pasivos destinatarios de las operaciones
5.3. Cuadro-resumen
6. Obligaciones formales
6.1. Obligaciones formales específicas del sujeto pasivo acogido al régimen especial
6.2. Obligaciones formales comunes al sujeto pasivo acogido al régimen y al sujeto pasivo destinatario de las operaciones
6.3. Declaración anual de operaciones con terceras personas
7. Impuesto General Indirecto Canario
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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 369 (diciembre 2013)