El descuento de letras

El descuento de letras es una de las operaciones más típicas de financiación a corto plazo de las empresas. Básicamente consiste en que una entidad financiera adelante a la empresa el importe de una letra a cobrar, con respecto al vencimiento y previa deducción de unos intereses y comisiones bancarias. El descuento que realiza la entidad financiera es salvo buen fin, lo que significa que la empresa queda obligada a devolver el dinero anticipado a la entidad financiera en el caso de que el obligado a pagar o librado no lo atienda a su vencimiento.
En el caso de que el efecto no sea atendido al vencimiento, como la empresa tiene un préstamo con el banco, y este no ha cobrado, es la empresa la que debe hacer frente a esa deuda. Recordamos que el banco había prestado el dinero a la empresa con la garantía de la letra, y que el riesgo de impago seguía siendo de la empresa y este riesgo no se había trasmitido al banco.
EJEMPLO
La empresa «ERNIE» vende mercaderías por importe de 125.000 u.m., aceptando una letra con vencimiento a cinco meses. Procede al descuento del efecto, obteniendo un líquido de 105.000 u.m. Contabilizar la operación en los siguientes casos:- Al vencimiento de la operación, el efecto es atendido por el deudor.
- Al vencimiento del efecto este no es atendido y el banco nos cobra 1.000 u.m. en concepto de gastos de protestos y comisiones. Posteriormente, la empresa:
- Considera definitivamente impagada la letra.
- Consigue cobrar la letra al cliente.
Solución:
1. Al vencimiento de la operación, el efecto es atendido por el deudor.
Contabilizamos la venta por el nominal, ya que el vencimiento es inferior a 12 meses y no existe tipo de interés contractual:
Código |
Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
4310 |
Clientes, efectos comerciales a cobrar | 125.000 |
|
700 |
Venta de Mercaderías | 125.000 |
Por el descuento de la letra:
Código |
Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
572 |
Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 105.000 |
|
5208 |
Deudas por efectos descontados | 105.000 |
Reclasificamos el efecto comercial:
Código |
Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
4311 |
Efectos comerciales descontados | 125.000 |
|
4310 |
Clientes, efectos comerciales a cobrar | 125.000 |
Contabilizamos el devengo de interés al descuento, los cuales se van devengando poco a poco en función del tipo de interés efectivo de la deuda.
Código |
Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
665 |
Intereses por descuento de efectos | 20.000 |
|
5208 |
Deudas por efectos descontados | 20.000 |
1. Al vencimiento de la operación, el efecto es atendido por el deudor.
Código |
Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
5208 |
Deudas por efectos descontados | 125.000 |
|
4311 |
Efectos comerciales descontados | 125.000 |
2. Al vencimiento del efecto este no es atendido y el banco nos cobra 1.000 u.m. en concepto de gastos de protestos y comisiones.
Pagamos al banco la deuda y los gastos de protesto y comisiones
Código |
Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
5208 |
Deudas por efectos descontados | 125.000 |
|
626 |
Servicios bancarios y similares | 1,000 |
|
572 |
Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 126.000 |
El banco devuelve la letra a la empresa, y esta, al recibir el efecto lo clasifica como efectos impagados.
Código |
Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
4315 |
Efectos comerciales impagados | 125.000 |
|
4311 |
Efectos comerciales descontados | 125.000 |
- La letra se considera definitivamente impagada
Código |
Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
650 |
Pérdidas de créditos comerciales incobrables | 125.000 |
|
4315 |
Efectos comerciales impagados | 125.000 |
- Consigue cobrar la letra
Código |
Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
572 |
Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 125.000 |
|
4315 |
Efectos comerciales impagados | 125.000 |