Reclasificación de activos financieros (I)

La reclasificación de activos financieros tiene lugar cuando cambian las condiciones iniciales y las inversiones tienen un propósito diferente al que inicialmente le fue atribuido.

La Norma de Registro y Valoración 9ª en su apartado 2.7 regula la reclasificación de activos financieros estableciendo que la empresa no podrá reclasificar ningún activo financiero incluido inicialmente en la categoría de mantenidos para negociar o a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias, a otras categorías, ni de éstas a aquellas, salvo cuando proceda calificar el activo como inversión en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo o asociadas.

A continuación se ilustra en la tabla las posibilidades de reclasificación:

HACIA

DE

NEGOCIACIÓN
VENCIMIENTO
PRÉSTAMOS
DISPONIBLE VENTA
NEGOCIACIÓN  
NO
NO
NO
VENCIMIENTO
NO
 
NO
SI
PRÉSTAMOS
NO
NO
   
DISPONIBLE VENTA
NO
SI
NO
 

 

Viendo la tabla podemos afirmar que solo existe una única reclasificación posible, es decir, solo se permite el traspaso de la cartera de “Inversiones mantenidas hasta el vencimiento” a “Activos financieros disponibles para la venta”, y viceversa.

El Plan establece además lo siguiente:

“No se podrá clasificar o tener clasificado ningún activo financiero en la categoría de inversiones mantenidas hasta el vencimiento si en el ejercicio a que se refieren las cuentas anuales o en los dos precedentes, se han vendido o reclasificado activos incluidos en esta categoría por un importe que no sea insignificante en relación con el importe total de la categoría de inversiones mantenidas hasta el vencimiento, salvo aquellas que correspondan a ventas o reclasificaciones:

  1. Muy próximas al vencimiento, o
  2. Que hayan ocurrido cuando la empresa haya cobrado la práctica totalidad del principal, o
  3. Atribuibles a un suceso aislado, fuera del control de la empresa, no recurrente y que razonablemente no podía haber sido anticipado por la empresa.”

Cuando un activo clasificado como inversión mantenida hasta el vencimiento no pueda seguir en la misma debido a un cambio en la intención o en la capacidad financiera de la empresa, o por la venta o reclasificación de un importe que no sea insignificante, dicho activo, junto con el resto de activos financieros de la categoría se reclasificaran a la categoría de disponibles para la venta y se valoraran por su valor razonable. La diferencia que pueda surgir se reconocerá en el patrimonio neto de la empresa.

 

EJEMPLO

La sociedad «MORAM, SA» adquiere el 1 de enero de 20X8 un bono de la sociedad «AZULES, SA» por 100.000 euros, ascendiendo los gastos de la operación a 500 euros. El bono se amortizará en dos años siendo su valor de reembolso 120.000 euros.

La sociedad «MORAM, SA» clasifica el activo como “inversión mantenida hasta el vencimiento” pero transcurrido un año, ante la falta de liquidez de la empresa, decide reclasificarlo como “disponible para la venta”. En el momento de la reclasificación su valor razonable ascendía a 110.818,03 euros.

 

SOLUCIÓN

  1. Por la adquisición del bono (01/01/20X8):
Concepto Debe Haber
(251) Valores representativos de deuda a largo plazo
(100.000 + 500)
100.500

(572) Bancos, c/c

 
100.500

El activo financiero se valora por su valor razonable (en este caso, el precio de la transacción) ajustado por los gastos de transacción que le sean directamente atribuibles. Posteriormente se valorará por su coste amortizado, utilizando el tipo de interés efectivo.

Calculo del tipo de interés efectivo:

LO QUE DA = LO QUE RECIBE

100.000 + 500 = 120.000 (1 + i) -2

i = 0,092716…

i = 9,27%

Cuadro de amortización:

Período

Coste
financiero

Pagos

Capital
amortizado

Capital
pendiente

0

-

-

-

100.500

1

9.318,03

0

-9.318,03

109.818,03

2

10.181,97

0

-10.181,97

120.000

Total

19.500

 

 

 

 

  1. Por los intereses devengados (31/12/20X8):
Concepto Debe Haber
(2511) Valores representativos de deuda a largo plazo
9.318,03

(761) Ingresos de valores representativos de deuda

 
9.318,03

A comienzos del año 20X9 debido a la falta de liquidez se procede a la reclasificación del activo como “disponible para la venta”. En este caso el activo de valorará por su valor razonable, registrando la diferencia en el patrimonio neto.

Valor razonable ............................................................................ 110.818,03
Importe por que el figura registrado ............................................... 109.818,03
Diferencia .....................................................................................     1.000,00

Por la reclasificación del activo (01/01/20X9):

Concepto Debe Haber
(251X) Valores representativos de deuda a largo plazo, disponibles para venta
110.818,03

(251) Valores representativos de deuda a largo plazo

 
109.818,03
(900) Beneficios en activos financieros disponibles para la venta  
1.000

 

Concepto Debe Haber
(900) Beneficios en activos financieros disponibles para la venta
1.000

(133) Ajustes por valoración en activos financieros disponibles para la venta

 
1.000