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Modelo 347

Buenos días;

tengo una duda con el modelo 347. Estoy llevando la contabilidad de una promotora y en el 2007 ha realizado ventas "en plano" con los consiguientes pagos mensuales. Esos pagos los estoy contabilizando como anticipos de clientes. ¿Esos anticipos los tengo que declarar en el 347?

Gracias

El modelo 347, como el 180 ó el 190 por ejemplo, son declaraciones informativas, es decir que no tienen ninguna repercusión económica. En el 347, le decimos a la AEAT, que con tal o tales proveedores, nuestras operaciones han superado los 3.000 €. Según mi opinión los anticipos a cuenta, van cancelando la deuda, por lo que si superan los 3.000 €, tendrían la consideración de operaciones con terceros sujetas a información.

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Saludos