Modificación de la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a la AGE y regulación del tratamiento contable de pagos a justificar para entidades del ámbito de aplicación de la Instrucción de Contabilidad para la Admón. Institucional del Estado

Se publica la Resolución de 16 de enero de 2025, de la Intervención General de la Administración del Estado (BOE de 27 de enero), por la que se regula el tratamiento contable de los pagos a justificar para las entidades que se encuentran en el ámbito de aplicación de la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado aprobada por la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio; y se modifica la Resolución de 17 de noviembre de 2011, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a la Administración General del Estado.

La modificación de la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a la Administración General del Estado consiste en:

  • Cambio de denominación de la cuenta 5586 “Gastos realizados con provisiones de fondos para pagos a justificar pendientes de aprobación” que pasa a denominarse “Gastos realizados con provisiones de fondos para pagos a justificar pendientes de justificación” y,
  • Cambio de definición y contenido de la cuenta 5580, «Provisiones de fondos pendientes de justificar»

En cuanto al tratamiento contable de los pagos a justificar para las entidades que se encuentran en el ámbito de aplicación de la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, aprobada por la Orden EHA/2045/2011, de 14 les será de aplicación las cuentas del Plan General de Contabilidad Pública relativas a los pagos a justificar con las modificaciones establecidas en el apartado segundo de la Resolución.