Todo lo que necesitas saber para contabilizar correctamente el inmovilizado material
La correcta contabilización del inmovilizado material de una empresa es fundamental para obtener una imagen fiel de su situación financiera. Pero, ¿qué es exactamente el inmovilizado material y cómo se contabiliza de manera correcta? En este artículo, te explicamos que es el inmovilizado material y todo lo que necesitas saber para contabilizarlo correctamente.
Definición de inmovilizado
El inmovilizado de una empresa es el conjunto de elementos patrimoniales que se reflejan en el activo del balance con carácter permanente y que en principio no están destinados a la venta.
Clasificación del inmovilizado
Desde el punto de vista del tratamiento contable el inmovilizado se clasifica en función de su materialidad en los siguientes tipos:
- Inmovilizado material: es el conjunto de elementos patrimoniales tangibles, muebles e inmuebles, que se utilizan de manera continuada en la actividad productiva de una empresa.
- Inmovilizado intangible: está constituido por los elementos del activo con carácter inmaterial, bien sean bienes o derechos, que permanecen en la empresa a lo largo del tiempo y cuya utilización es necesaria para que la empresa realice su ciclo de explotación.
- Inversiones inmobiliarias: inmuebles que se poseen para obtener rentas, plusvalías o ambas, en lugar de para:
- Su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, o bien para fines administrativos; o
- Su venta en el curso ordinario de las operaciones.
- Inmovilizado financiero: está constituido por los fondos que la empresa inmoviliza a largo plazo con las siguientes finalidades:
- Conseguir una fuente de recursos; o
- Constituir un instrumento de control total o parcial sobre una sociedad mercantil.
Valoración inicial del inmovilizado material
Los bienes comprendidos en el inmovilizado material se contabilizarán valorados por su coste, ya sea éste el precio de adquisición o el coste de producción.
- Precio de adquisición: además del importe facturado por el vendedor después de deducir cualquier descuento o rebaja en el precio, incluye todos los gastos adicionales y directamente relacionados que se produzcan hasta su puesta en condiciones de funcionamiento.
- Coste de producción: se obtiene añadiendo al precio de adquisición de las materias primas y otras materias consumibles, los demás costes directamente imputables a dichos bienes. También se añadirá la parte que razonablemente corresponda de los costes indirectamente imputables a los bienes de que se trate en la medida en que tales costes correspondan al periodo de fabricación o construcción y sean necesarios para la puesta del activo en condiciones operativas.
Además, formarán parte del valor del inmovilizado material:
- Los impuestos indirectos que gravan los elementos del inmovilizado material cuando no sean recuperables directamente de la Hacienda Pública.
- La estimación inicial del valor actual de las obligaciones asumidas derivadas del desmantelamiento o retiro, tales como costes de rehabilitación del lugar sobre el que se asienta, siempre que estas obligaciones den lugar al registro de provisiones.
- Los gastos financieros que se hayan devengado antes de la puesta en condiciones de funcionamiento del inmovilizado material, que necesite un periodo de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso.
En las operaciones de permuta de carácter comercial, el inmovilizado material recibido se valorará por el valor razonable del activo entregado más, en su caso, las contrapartidas monetarias que se hubieran entregado a cambio, salvo que se tenga una evidencia más clara del valor razonable del activo recibido y con el límite de este último.
Los bienes de inmovilizado recibidos en concepto de aportación no dineraria de capital serán valorados por su valor razonable en el momento de la aportación, pues en este caso se presume que siempre se puede estimar con fiabilidad el valor razonable de dichos bienes.
Valoración posterior del inmovilizado material
Con posterioridad a su reconocimiento inicial, los elementos del inmovilizado material se valorarán por su precio de adquisición o coste de producción menos la amortización acumulada y, en su caso, el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro reconocidas.
- Amortización: debe realizarse de manera sistemática y racional en función de la vida útil de los bienes y de su valor residual, atendiendo a la depreciación que normalmente sufran por su funcionamiento, uso y disfrute, sin perjuicio de considerar también la obsolescencia técnica o comercial que pudiera afectarlos.
Se amortizará de forma independiente cada parte de un elemento del inmovilizado material que tenga un coste significativo en relación con el coste total del elemento y una vida útil distinta del resto del elemento. - Deterioro del valor: se producirá una pérdida por deterioro del valor de un elemento del inmovilizado material cuando su valor contable supere a su importe recuperable, entendido éste como el mayor importe entre su valor razonable menos los costes de venta y su valor en uso. Por lo menos, al cierre del ejercicio, la empresa evaluará si existen indicios de que algún inmovilizado material o alguna unidad generadora de efectivo puedan estar deteriorados, en cuyo caso, deberá estimar sus importes recuperables efectuando las correcciones valorativas que procedan.
Las correcciones valorativas por deterioro de los elementos del inmovilizado material, así como su reversión cuando las circunstancias que las motivaron hubieran dejado de existir, se reconocerán como un gasto o un ingreso, respectivamente, en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Baja del balance de los elementos de inmovilizado material
Los elementos del inmovilizado material se darán de baja en el momento de su enajenación o disposición por otra vía o cuando no se espere obtener beneficios o rendimientos económicos futuros de los mismos.
La diferencia entre el importe que, en su caso, se obtenga de un elemento del inmovilizado material, neto de los costes de venta, y su valor contable, determinará el beneficio o la pérdida surgida al dar de baja dicho elemento, que se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que ésta se produce.
Normas particulares a tener en cuenta para contabilizar el inmovilizado material
Se aplicarán las normas que a continuación se expresan con respecto a los bienes que en cada caso se indican:
- Solares sin edificar:
- Se incluyen los gastos de acondicionamiento, derribo, inspección y planos.
- No se amortizan, salvo que incluyan costes de rehabilitación. En este caso esa porción del terreno se amortizará a lo largo del periodo en que se obtengan los beneficios o rendimientos económicos por haber incurrido en esos costes.
- Construcciones:
- Incluyen instalaciones, tasas y honorarios de proyecto.
- Se valora por separado el terreno y las construcciones.
- Instalaciones técnicas, maquinaria y utillaje:
- Comprenden todos los gastos de adquisición o de fabricación y construcción hasta su puesta en funcionamiento.
- Utensilios y herramientas:
- Los de menos de un año se cargan como gasto.
- Los de más de un año se pueden amortizar o regularizar anualmente.
- Plantillas y moldes permanentes se amortizan según su vida útil.
- Moldes por encargo no se inventarían salvo que tengan valor neto realizable.
- Obras y trabajos para sí misma:
- Se cargan a las cuentas de gastos correspondientes.
- Las cuentas de inmovilizaciones materiales en curso, se cargarán por el importe de dichos gastos, con abono a la partida de ingresos que recoge los trabajos realizados por la empresa para sí misma.
- Renovaciones, ampliaciones o mejoras:
- Se incorporan al activo como mayor valor del bien en la medida en que supongan un aumento de su capacidad, productividad o alargamiento de su vida útil.
- Se da de baja el valor contable de los elementos sustituidos.
- Grandes reparaciones:
- Se amortizan de forma distinta al resto del elemento durante el periodo que medie hasta la gran reparación.
- Si estos costes no estuvieran especificados en la adquisición o construcción, a efectos de su identificación, podrá utilizarse el precio actual de mercado de una reparación similar.
- Su coste se reconoce como una sustitución en el valor contable.
- Se da de baja cualquier importe asociado a la reparación que pudiera permanecer en el valor contable del inmovilizado.
- Inversiones en arrendamientos operativos:
- Se califican como arrendamientos operativos, las inversiones realizadas por el arrendatario que no sean separables del activo arrendado o cedido en uso.
- Se contabilizan como inmovilizados materiales cuando cumplan la definición de activo.
- Se amortizan en función de la vida útil del contrato de arrendamiento.
Cuentas contables del inmovilizado material
El inmovilizado material compuesto por los elementos del activo tangibles representados por bienes, muebles o inmuebles, excepto los que deban ser clasificados en otros subgrupos, en particular en el subgrupo 22 de inversiones inmobiliarias, se contabiliza en las siguientes cuentas contables del subgrupo 21:
- 210. Terrenos y bienes naturales
- 211. Construcciones
- 212. Instalaciones técnicas
- 213. Maquinaria
- 214. Utillaje
- 215. Otras instalaciones
- 216. Mobiliario
- 217. Equipos para procesos de información
- 218. Elementos de transporte
- 219. Otro inmovilizado material
Movimiento de las cuentas contables del inmovilizado material
Las cuentas de este subgrupo figurarán en el activo no corriente del balance.
Su movimiento es el siguiente:
- Se cargarán por el precio de adquisición o coste de producción o por su cambio de uso, con abono, generalmente, a cuentas de los subgrupos 22 de inversiones inmobiliarias o 57 de tesorería, a la cuenta 731 de trabajos realizados para el inmovilizado material o, en su caso, a cuentas del subgrupo 23 de inmovilizaciones materiales en curso.
- Se abonarán por las enajenaciones, por su cambio de uso y en general por su baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas de los subgrupos 22 de inversiones inmobiliarias o 57 de tesorería y en caso de pérdidas a la cuenta 671 de pérdidas procedentes del inmovilizado material.
Para todos aquellos interesados en una formación práctica en contabilidad, que quieran aprender a contabilizar las operaciones más habituales de una empresa y saber cómo se realizan y formulan los estados financieros, el CEF.- pone a su disposición el Curso de Contabilidad Práctica.
José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga
Colaborador del CEF.-