¿Cómo contabilizar las aportaciones a planes de pensiones de empresa de aportación definida?
La Ley 12/2022 de impulso de los planes de pensiones de empleo que entró en vigor el 2 de julio, tras su publicación en el BOE el día 1 de julio, tiene por objeto fomentar los planes colectivos de pensiones, es decir, los que promueven las empresas para sus trabajadores, a través de la negociación colectiva y apoyados en la creación de fondos de promoción pública.
Frente a los planes de pensiones individuales, los planes colectivos que las empresas promueven para sus trabajadores, hasta ahora han sido minoritarios en España, por lo que los contables de las empresas raramente tenían que registrar en su contabilidad este tipo de operaciones.
Para facilitar el desarrollo de estos planes, está prevista la creación de fondos de impulso público, que facilitarán la adscripción de planes para todo tipo de trabajadores, también funcionarios o autónomos y se simplifica la creación de planes sectoriales, que se desarrollarán en la negociación colectiva entre patronal y sindicatos de cada sector.
Uno de los principales atractivos de estos planes colectivos son sus ventajas fiscales, ya que la reducción en el IRPF de las aportaciones a los planes individuales se limita a un máximo anual de 1.500 euros, mientras que se eleva a 4.250 euros la reducción por aportaciones del trabajador a un plan colectivo, siempre que la empresa aporte otros 4.250 euros al plan de ese empleado. Además, las empresas pueden deducirse en la cuota íntegra del impuesto de sociedades el 10% de las contribuciones que hagan a los planes de pensiones de empleo de sus trabajadores, para retribuciones brutas anuales de hasta 27.000 euros.
¿Qué son los planes de pensiones para empresas?
Un plan de pensiones de empresa es un plan de pensiones colectivo que las empresas promueven para sus trabajadores. Estos planes constituyen un instrumento de ahorro-previsión que mediante aportaciones de la empresa o del trabajador, permiten complementar la pensión pública de jubilación que los trabajadores van a percibir por parte de la Seguridad Social una vez finalizada su vida laboral.
En los planes de pensiones de aportación definida la empresa no retiene riesgos y el pasivo que pudiera figurar en el balance responderá exclusivamente a la cuota pendiente de aportar a la correspondiente entidad aseguradora o plan de pensiones.
En el caso de que la empresa retenga un riesgo al margen de que el compromiso con los trabajadores se haya instrumentado a través de un seguro colectivo o un plan de pensiones, estaríamos ante planes de prestación definida.
Tratamiento contable de las aportaciones a planes de pensiones de aportación definida
Las aportaciones realizadas a planes de pensiones gestionados por una entidad externa desligada de la empresa, constituyen retribuciones a largo plazo al personal que tienen el carácter de aportación definida. En este tipo de aportaciones la empresa no tiene ninguna obligación legal, contractual o implícita de realizar contribuciones adicionales si la entidad separada no pudiera atender los compromisos asumidos. Es decir, la empresa no asume riesgo alguno.
Las contribuciones a realizar por retribuciones de aportación definida darán lugar a un pasivo por retribuciones a largo plazo al personal cuando, al cierre del ejercicio, figuren contribuciones devengadas no satisfechas.
Cuentas contables que intervienen en la contabilización de los sistemas de aportación definida
Las cuentas contables que se utilizan para la contabilización de sistemas de aportación definida son las siguientes:
643. Retribuciones a largo plazo mediante sistemas de aportación definida
En esta cuenta se recoge el importe de las aportaciones devengadas por remuneraciones a largo plazo al personal de la empresa, tales como pensiones u otras prestaciones por jubilación o retiro, que se articulen a través de un sistema de aportación definida.
Esta cuenta contable se cargará:
- Por el importe de las contribuciones anuales a planes de pensiones u otras instituciones similares externas a la empresa satisfechas en efectivo, con abono a cuentas del subgrupo 57.
- Por el importe de las primas devengadas y no pagadas, con abono a la cuenta 466.
466. Remuneraciones mediante sistemas de aportación definida pendientes de pago
En esta cuenta se reflejan los importes pendientes de pago a una entidad separada por retribuciones a largo plazo al personal, tales como pensiones y otras prestaciones por jubilación o retiro, que tengan el carácter de aportación definida, de acuerdo con los términos establecidos en las normas de registro y valoración.
Esta cuenta figurará en el pasivo corriente del balance y con carácter general, su movimiento es el siguiente:
- Se abonará por los importes devengados y no pagados, con cargo a la cuenta 643.
- Se cargará cuando se paguen las contribuciones pendientes con abono a cuentas del subgrupo 57.
Caso práctico de contabilización de la aportación de la empresa a un plan de pensiones de aportación definida
El 31/12/XX, la empresa FERCISA decide aportar una cantidad anual de 100.000€ a un plan de pensiones a favor de sus trabajadores, pero solo realiza el pago de la mitad quedando pendiente de aportación la otra mitad.
El asiento contable a realizar al 31/12/XX sería el siguiente:
Código |
Denominación cuenta |
Debe |
Haber |
643
|
Retribuciones a l/p mediante sistemas de aportación definida |
100.000
|
|
572
|
Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros |
50.000
|
|
466
|
Remuneraciones mediante sistemas de aportación definida pendientes de pago |
50.000
|
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José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga
Colaborador del CEF.-