Gastos originados en la constitución de una sociedad

Firmando acuerdo

Cuando surgen gastos relacionados con la constitución de una sociedad éstos no se registran mediante el uso de cuentas de gastos del ejercicio (Grupo 6), sino que se contabilizan minorando una cuenta de reservas.

La norma de registro y valoración 9ª Instrumentos financieros del PGC establece:

“…los gastos de emisión de estos instrumentos, tales como honorarios de letrados, notarios, y registradores; impresión de memorias, boletines y títulos; tributos; publicidad; comisiones y otros gastos de colocación, se registrarán directamente contra el patrimonio neto como menores reservas.”

A su vez, en la quinta parte del PGC al definir y establecer los motivos de cargo y abono de la cuenta de Reservas voluntarias (113) menciona lo siguiente:

“Los gastos de transacción de instrumentos de patrimonio propio se imputarán a reservas de libre disposición. Con carácter general, se imputarán a las reservas voluntarias, registrándose del modo siguiente:

a) Se cargará por el importe de los gastos, con abono a cuentas del subgrupo 57.

b) Se abonará por el gasto por impuesto sobre beneficios relacionado con los gastos de transacción, con cargo a la cuenta 6301.”

La idea es que no se vea afectado el resultado del ejercicio como consecuencia de los gastos originados por la constitución de la sociedad, que en ningún caso se derivan de las operaciones normales de la actividad de la sociedad.

EJEMPLO

El día 1 de enero de 20X0 se constituye la empresa ABANICO, SA con un capital social de 600.000 euros. Los gastos derivados de la constitución (notarios, registradores, etc.) ascienden a 15.000 euros.

Las ventas del primer ejercicio han supuesto 180.000 euros

Contabilizar al pago de los gastos de constitución y las ventas, Indicar la incidencia de los gastos de constitución en el balance a fecha de cierre de ejercicio. Tipo impositivo, 15% (por ser sociedad recién constituida y con actividad).

SOLUCIÓN

Por el pago de los gastos de constitución

Cuenta
Debe
Haber
(113) Reservas voluntarias
15.000
(572) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
15.000

Por la venta de mercaderías:

Cuenta
Debe
Haber
(430) Clientes
180.000
(700) Ventas de mercaderías
180.000

Por el cobro de los clientes::

Cuenta
Debe
Haber
(572) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
180.000
(430) Clientes
180.000

El beneficio contable asciende a 180.000 euros, pero la sociedad pagará impuestos solo sobre 165.000 euros, ya que el importe de los gastos de constitución es fiscalmente deducible.

Cuenta
Debe
Haber
(630) Impuesto corriente (180.000 x 15%)
27.000
(4752) Hacienda Pública, acreedora por Impuesto sobre Sociedades
27.000

 

Cuenta
Debe
Haber
(4752) Hacienda Pública, acreedora por Impuesto sobre Sociedades (15.000 x 15%)
2.250
(113) Reservas
2.250

El impuesto a pagar resultante es de 24.750 euros, correspondientes al 15% de unos ingresos de 180.000 euros y unos gastos de 15.000 euros. Al no haber registrado los gastos de constitución mediante una cuenta del grupo 6, el efecto impositivo tampoco se registrara por medio de una cuenta de dicho grupo.

Al cierre de ejercicio, la sociedad presentara la siguiente informacion en el balance:

Activo
Importe
Neto y pasivo
Importe
   

(100) Capital social

600.000
   

(113) Reservas
(15.000 – 2.250)

- 12.750
   

(129) Resultado del ejercicio (180.000 – 27.000)

153.000
    (4752) HP, acreedora por Impuesto sobre Sociedades
24.750

En este primer ejercicio las reservas aparecen con signo negativo a pesar de existir beneficios. Hasta que la sociedad no aplique el beneficio dichas reservas aparecerán en negativo.