NIA-ES 560. Hechos posteriores al cierre
Los hechos ocurridos con posterioridad al cierre contable de una entidad pueden poner de manifiesto situaciones que afectan directamente a su imagen fiel al suponer una modificación de cifras o una mayor información a facilitar. La NIA-ES 560 regula la actuación del auditor ante esta problemática y la posible incidencia en su informe de auditoría.
Palabras claves: hechos posteriores, modificar informe de auditoría y estados financieros.
Jesús García Álvaro
Economista y auditor de cuentas
Sumario
1. Periodo transitorio
2. Modificaciones relevantes
3. Contenido y análisis de la NIA-ES 560
3.1. Introducción
3.2. Objetivos
3.3. Definiciones
3.4. Requerimientos
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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 387 (junio 2015)