NIIF 15 Ingresos ordinarios procedentes de contratos con clientes
El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publicó este sábado, 29 de octubre de 2016, la NIIF 15 Ingresos ordinarios procedentes de contratos con clientes mediante el Reglamento (UE) 2016/1905 de la Comisión de 22 de septiembre de 2016
El citado Reglamento además de contener la publicación de la comentada NIIF 15 también incluye una serie de modificaciones de otras Normas Internacionales de Información Financiera, Normas Internacionales de Contabilidad así como de Interpretaciones del Comité de Interpretaciones.
Concretamente se modifican:
- La NIIF 1 Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera
- La NIIF 3 Combinaciones de negocios
- La NIIF 4 Contratos de seguros
- La NIC 1 Presentación de estados financieros
- La NIC 2 Existencias
- La NIC 12 Impuesto sobre las ganancias
- La NIC 16 Inmovilizado material
- La NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación
- La NIC 34 Información financiera intermedia
- La NIC 36 Deterioro de valor de los activos
- La NIC 37 Provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes
- La NIC 38 Activos intangibles
- La NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración
- La NIC 40 Inversiones inmobiliarias
- La CINIIF 12 Acuerdos de Concesión de Servicios
- La SIC 27 Evaluación de la esencia de las transacciones que adoptan la forma legal de un arrendamiento
- La SIC 32 Activos Intangibles – Costes de sitios web
También mencionar la derogación de las siguientes normas:
- La NIC 11 Contratos de construcción
- La NIC 18 Ingresos ordinarios
- La CINIIF 13 Programas de fidelización de clientes
- La CINIIF 15 Acuerdos para la construcción de inmuebles
- La CINIIF 18 Transferencias de activos procedentes de clientes
- La SIC 31 Ingresos ordinarios
Es importante resaltar que toda referencia a la NIIF 9 se entenderá hacha a la NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración. Las referencias contenidas a la NIIF 9 no pueden aplicarse actualmente, ya que dicho norma no ha sido adoptado por la Unión Europea.