1. Introducción
Las cuentas anuales aparecen enumeradas en el primer párrafo del marco conceptual del PGC 07 y son las siguientes:
- El balance.
- La cuenta de Pérdidas y ganancias (P y G).
- El estado de cambios en el patrimonio neto (ECPN).
- El estado de flujos de efectivo (EFE).
- La memoria.
Estos documentos forman una unidad y deben ser redactados de conformidad con lo previsto en el Código de Comercio, en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en la Ley de Sociedades Limitadas y en el PGC, en particular, sobre la base de Marco Conceptual, y con la finalidad de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa.
El estado de flujos de efectivo no es obligatorio, cuando pueda formularse el formato abreviado de balance, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria.
En general las cuentas anuales se elaborarán con una periodicidad de 12 meses, salvo en los casos de constitución, modificación de la fecha de cierre del ejercicio social o disolución.
La responsabilidad de su formulación recae sobre el empresario o los administradores, quienes deberán formular las cuentas en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la fecha de cierre del ejercicio, y responderán de su veracidad.
Las cuentas anuales deberán estar identificadas indicando la empresa y el ejercicio a que se refieren. Los valores se expresarán en euros, si bien se permite expresarlos en miles o millones de euros si la magnitud de las cifras así lo aconseja.
En relación con la normativa anterior existen dos cuentas nuevas que son el estado de flujos de efectivo y el estado de cambios en el patrimonio neto, a los que dedicaremos una especial atención en las siguientes páginas.