Inmovilizado adquirido para cesión a los clientes

Puede ocurrir que una empresa ceda un bien de su inmovilizado a un cliente comprometiéndose este último, a cambio de dicho bien, a consumir los productos de la empresa cuya entrega constituye su actividad ordinaria. El cliente devolverá el bien cedido una vez cese el consumo de los productos.
Igualmente puede darse el caso de que la empresa con el fin de promocionar sus productos y favorecer su venta invierta en elementos físicos como rótulos, mobiliario y carteles (son los llamados costes de abanderamiento) que explotará el cliente.
Según la Resolución del ICAC de 1 de marzo de 2013 sobre el inmovilizado material y las inversiones inmobiliarias, para contabilizar los desembolsos incurridos por estos conceptos, como paso previo, sería preciso analizar las obligaciones que asume la empresa con sus clientes. Por ejemplo, cabría considerar que existen dos entregables (obligaciones de cumplimiento), los activos cedidos y los bienes a vender en un futuro, en cuyo caso habría que asignar el importe de la contraprestación recibida en proporción al valor razonable relativo de los elementos entregados y reconocer los correspondientes ingresos de acuerdo con las normas de registro y valoración aplicables al arrendamiento de activos y al suministro de bienes.
Si no hubiera un arrendamiento implícito, se reconocería el inmovilizado y el ingreso por prestación de servicios atendiendo a su devengo. Si los activos cedidos no se pudieran calificar como un entregable separado o no se pudiera asignar de forma razonable un valor a los mismos, habría que evaluar si se posee el control sobre estos bienes al objeto de determinar el tratamiento contable más adecuado a los hechos y circunstancias concretas.
EJEMPLO
Una sociedad dedicada a la distribución de bebidas energéticas, con el objetivo de incrementar sus ventas, cede un dispensador de bebidas a una discoteca. El coste del dispensador asciende a 1.200 euros y tiene una vida útil de 10 años. A cambio de dicha cesión la discoteca se compromete a adquirir dichas bebidas en exclusiva y durante un periodo de 4 años, al final del cual deberá devolver el dispensador en perfecto estado.
Los ingresos anuales por ventas de bebida se estiman en 24.000 euros, aunque finalmente las ventas totales del primer año han ascendido a 23.000 euros.
Solución
- Por la adquisición del dispensador
Código |
Cuenta |
Debe |
Haber |
213
|
Maquinaria |
1.200
|
|
472
|
HP, IVA soportado |
252
|
|
572
|
Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros |
1.452
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- Por los ingresos por ventas del año:
Código |
Cuenta |
Debe |
Haber |
572
|
Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros |
27.830
|
|
700
|
Venta de mercaderías (23.000 – 1.150) | 21.850 |
|
752
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Ingresos por arrendamiento (23.000 x 0,05) | 1.150 |
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477
|
HP, IVA repercutido |
4.830
|
El valor de la contraprestación recibida se asigna en proporción al valor razonable relativo de los elementos entregados y se reconocen los correspondientes ingresos según las normas de registro y valoración correspondientes al arrendamiento de activos y suministro de bienes.
- Por la amortización:
Código |
Cuenta |
Debe |
Haber |
681
|
Maquinaria (1.200/10) |
120
|
|
281
|
HP, IVA soportado | 120 |