Equivalencia de los sistemas de supervisión publica, control de calidad, investigación y sanciones aplicables a auditores y entidades de auditoria
Se ha publicado en el DOUE la Decisión de Ejecución (UE) 2016/1155 de la Comisión sobre equivalencia de los sistemas de supervisión publica, control de calidad, investigación y sanciones aplicables a auditores y entidades de auditoria de los Estados Unidos de América.
De conformidad con el artículo 45, apartado 1, de la Directiva 2006/43/CE, las autoridades competentes de un Estado miembro deben registrar a todos los auditores y entidades de auditoría que presenten informes de auditoría de los estados financieros anuales o consolidados de empresas constituidas fuera de la Unión cuyos valores negociables estén admitidos a negociación en un mercado regulado de ese Estado miembro. El apartado 3 de ese mismo artículo exige a los Estados miembros que sometan a esos auditores y entidades de auditoría sus sistemas de supervisión pública, control de calidad, investigación y sanciones.
Sobre una base de reciprocidad, los Estados miembros pueden no aplicar o modificar los requisitos del mencionado artículo 45 en relación con los auditores y las entidades de auditoría de un tercer país a condición de que los sistemas de supervisión pública, control de calidad, investigación y sanciones aplicables a los auditores y a las entidades de auditoría de ese tercer país se consideren equivalentes a los requisitos establecidos en la Directiva.
Mediante la Decisión de Ejecución 2013/281/UE, la Comisión consideró que los sistemas de supervisión pública, control de calidad, investigación y sanciones aplicables a los auditores y las entidades de auditoría de las autoridades competentes de los Estados Unidos eran equivalentes a los sistemas de supervisión pública, control de calidad, investigación y sanciones aplicables a los auditores y las entidades de auditoría de los Estados miembros. Dicha Decisión de Ejecución dejará de aplicarse el 31 de julio de 2016. Por lo tanto, la equivalencia de dichos sistemas debe reevaluarse.
La Comisión ha llevado a cabo una evaluación de la equivalencia de los sistemas de supervisión pública, control de calidad, investigación y sanciones aplicables a los auditores y las entidades de auditoría de la Securities and Exchange Commission y el PublicCompanyAccountingOversightBoard de los Estados Unidos, con la asistencia del Grupo Europeo de Organismos de Supervisión de Auditores obteniendo como resultado que dichos sistemas cumplen los requisitos que son equivalentes a los establecidos en los artículos 29, 30 y 32 de la Directiva 2006/43/CE.