8. Disposición transitoria séptima. «Referencias a las normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el Plan General de Contabilidad
Las remisiones contenidas en el PGC a las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas supondrán la aplicación de los criterios contenidos en el Real Decreto 1815/1991, de 20 de diciembre, por el que se aprueban las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas, hasta el momento en que éste se modifique.