Reserva de nivelación
La reserva de nivelación constituye un incentivo fiscal destinado a las empresas que aplican el régimen especial de reducida dimensión que permite minorar la base imponible positiva en un 10 % con el límite máximo de un millón de euros.
El objetivo perseguido es que en el ejercicio en que se obtengan beneficios, no se tributará por parte de ellos, de forma que en ejercicios futuros en los que se obtengan bases imponibles negativas éstas se compensarán con esta especie de anticipo a cuenta.
Las reducciones aplicadas, se irán sumando en las bases imponibles negativas de los periodos sucesivos siguientes, existiendo un periodo límite de 5 años.
Podemos resumir lo anterior diciendo que permite minorar la tributación de un determinado período impositivo respecto de las bases imponibles negativas que se vayan a generar en los 5 años siguientes, anticipando en el tiempo la aplicación de las futuras bases imponibles negativas.
La aplicación de esta reducción por nivelación exige la dotación de una reserva indisponible con cargo a los beneficios del año en que se minora la base y, si no existen beneficios suficientes, deberá dotarse en los ejercicios siguientes en cuanto sea posible.
El incumplimiento de alguno de los requisitos motivará la integración en la cuota íntegra del período impositivo en que tenga lugar el incumplimiento, de la cuota íntegra correspondiente a las cantidades que han sido objeto de minoración, incrementadas en un 5 por ciento, además de los intereses de demora.
EJEMPLO
La sociedad MAGA, que desde su constitución aplica el régimen especial de reducida dimensión, ha obtenido las siguientes bases imponibles:
20X2 |
20X3 |
20X4 |
20X5 |
20X6 |
|
70.000 |
120.000 |
-15.000 |
60.000 |
17.000 |
35.000 |
SOLUCIÓN
A continuación vamos a determinar para cada periodo impositivo la reserva de nivelación correspondiente:
IS-20X1. Existe una base imponible positiva y por ello la sociedad opta por diferir el 10% a cuenta de futuras bases imponibles negativas.
Ajuste fiscal negativo: 70.000 x 10% = (7.000)
Es una diferencia temporaria que origina un pasivo diferido:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
6301 | Impuesto diferido (7.000 x 25%) | 1.750 |
|
479 | Pasivos por diferencias temporarias imponibles “Reserva nivelación 20X1” | 1.750 |
El diferimiento de la tributación, como hemos comentado anteriormente, genera la obligación de dotar una reserva indisponible:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
129 | Resultado del ejercicio | 7.000 |
|
1146 | Reserva de nivelación 20X1 | 7.000 |
IS-20X2. En este periodo impositivo al igual que en el anterior difiere la tributación en un 10% de la base imponible
Ajuste fiscal negativo: 120.000 x 10% = (12.000)
Se incrementa el pasivo diferido:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
6301 | Impuesto diferido (12.000 x 25%) | 3.000 |
|
479 | Pasivos por diferencias temporarias imponibles “Reserva nivelación 20X2” | 3.000 |
Se incrementa el saldo de la reserva por nivelación:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
129 | Resultado del ejercicio | 12.000 |
|
1146 | Reserva de nivelación 20X2 | 12.000 |
IS-20X3. En este ejercicio resulta una base imponible negativa que no podrá reconocer pues hay que adicionar los importes diferidos en los dos ejercicios anteriores.
- Reducción por nivelación 20X1 = 7.000
- Reducción por nivelación 20X2 = 8.000
Ajuste fiscal positivo: 15.000
Revierte el pasivo diferido:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
479 | Pasivos por diferencias temporarias imponibles “Reserva nivelación 20X1” (7.000 X 25%) | 1.750 |
|
479 | Pasivos por diferencias temporarias imponibles “Reserva nivelación 20X2” (8.000 X 25%) | 2.000 |
|
6301 | Impuesto diferido | 3.750 |
Se reclasifica la reserva indisponible:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
1146 | Reserva de nivelación 20X1 | 7.000 |
|
1146 | Reserva de nivelación 20X2 | 8.000 |
|
113 | Reservas voluntarias | 15.000 |
Tras aplicar este incentivo fiscal la base imponible del periodo 20X3 es creo y aún quedan 4.000 euros del periodo 20X2 que vencerán en el ejercicio 20X7.
IS-20X4. Diferimos un 10% de la base imponible al ser ésta positiva
Ajuste fiscal negativo: 60.000 x 10% = (6.000)
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
6301 | Impuesto diferido (6.000 x 25%) | 1.500 |
|
479 | Pasivos por diferencias temporarias imponibles “Reserva nivelación 20X4” | 1.500 |
Registramos la reserva indisponible:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
129 | Resultado del ejercicio | 6.000 |
|
1146 | Reserva de nivelación 20X4 | 6.000 |
IS-20X5. Puesto que la base imponible es negativa (-17.000) y al disponer aun de 4.000 euros (20X2) y de 6.000 euros (20X4) podemos reducir la base imponible en 10.000 euros
- Reducción por nivelación 20X2 = 4.000
- Reducción por nivelación 20X4 = 6.000
Ajuste fiscal positivo: 10.000
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
479 | Pasivos por diferencias temporarias imponibles “Reserva nivelación 20X1” (7.000 X 25%) | 1.000 |
|
479 | Pasivos por diferencias temporarias imponibles “Reserva nivelación 20X2” (8.000 X 25%) | 1.500 |
|
6301 | Impuesto diferido | 2.500 |
Se reclasifica la reserva indisponible:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
1146 | Reserva de nivelación 20X1 | 4.000 |
|
1146 | Reserva de nivelación 20X2 | 6.000 |
|
113 | Reservas voluntarias | 10.000 |
En este momento queda aún una base imponible negativa de 7.000 euros.
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
4745 | Crédito por pérdidas a compensar del ejercicio (7.000 x 25%) | 1.750 |
|
6301 | Impuesto diferido | 1.750 |
IS-20X5. Tenemos una base previa de 35.000 euros a la que podemos restar la compensación de 7.000 euros de la base negativa del ejercicio anterior. Esto nos deja una base positiva de 28.000 por lo que podemos diferir un 10% de la misma.
Ajuste fiscal negativo: 28.000 x 10% = (2.800)
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
6301 | Impuesto diferido (2.800 x 25%) | 700 |
|
479 | Pasivos por diferencias temporarias imponibles “Reserva nivelación 20X5” | 700 |
Por la dotación de la reserva indisponible:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
129 | Resultado del ejercicio | 2.800 |
|
1146 | Reserva de nivelación 20X5 | 2.800 |
Por último, por la reversión del crédito por pérdidas a compensar:
Código | Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|---|
6301 | Impuesto diferido | 1.750 |
|
4745 | Crédito por pérdidas a compensar del ejercicio | 1.750 |