Contabilización y características de las pólizas de crédito a largo plazo
Las pólizas de crédito son un mecanismo de financiación bancaria muy habitual al que suelen recurrir empresas y autónomos, para conseguir liquidez con la que financiar su ciclo productivo.
La pandemia ha popularizado la financiación con garantía del ICO gracias a sus condiciones favorables para empresas y autónomos. Entre las formulas de financiación del ICO se encuentran las líneas o pólizas de crédito.
Las pólizas de crédito del ICO se pueden obtener en condiciones interesantes, tanto a corto, como a largo plazo. Una póliza de crédito a largo plazo puede ser una buena opción para disponer de liquidez y recuperarse de los efectos de la pandemia, pudiendo obtenerse pólizas de crédito con garantía del ICO con vencimiento hasta en 5 años.
¿Qué es una póliza de crédito?
Mediante una póliza de crédito bancario, una entidad financiera pone a disposición de su cliente, una determinada cantidad de dinero por un tiempo limitado. Este dinero puede ser dispuesto cuando se necesite y por los importes que se estime convenientes, dentro del límite de crédito concedido y durante la vigencia del contrato.
El factor distintivo de una póliza de crédito frente a otras formulas de financiación es que la empresa no recibe el dinero de una sola vez, como ocurre con un préstamo, sino que lo tiene a su disposición para cuando lo necesite.
Diferencias entre pólizas de crédito a corto y a largo plazo
La principal diferencia entre una póliza de crédito a corto plazo y una a largo, radica en el vencimiento de la operación, ya que en las de corto plazo, su duración es de un año, aunque se puedan renovar, mientras que las pólizas a largo plazo se contratan por un periodo superior al año.
Las pólizas de crédito a largo plazo se convierten en pólizas a corto plazo el último año, debiendo realizarse su reclasificación contable.
La principal ventaja de una póliza de crédito a largo plazo es que se paga una vez el notario y las comisiones de apertura y estudio, mientras que en el caso de que se renueve una póliza que se contrato por un año, puede ser que se tenga que pagar de nuevo la notaría y comisiones de renovación.
Además, una póliza de crédito a más largo plazo, pospone el riesgo de que la entidad financiera que la concedió pueda no renovarla a su vencimiento.
También se reducen los trámites administrativos, ya que no hay que realizar el envío de documentación a los bancos para el estudio de renovaciones.
Por lo tanto, si una póliza de crédito se está renovando cada año, es mejor contratarla a más largo plazo o pedir un préstamo a largo plazo, para así no tener tanta dependencia de la entidad financiera de cara a su renovación.
Las pólizas de crédito a corto plazo están diseñadas para financiar el circulante de la empresa y cubrir déficits puntuales de tesorería, pero una póliza de crédito a largo plazo puede funcionar como un préstamo a largo plazo, pero en lugar de amortizarlo todos los meses, la empresa tienen que tener en cuenta que tendrá que devolver las cantidades dispuestas al vencimiento.
Intereses y comisiones asociadas a las pólizas de crédito
Cuando se formaliza una póliza de crédito se cobrará un tipo de interés por las cantidades dispuestas, pero también es muy importante prestar atención a las siguientes comisiones que se pueden aplicar:
- Comisión de apertura y/o gastos de estudio. Son comisiones que se aplican sobre el total del límite concedido, que se cobran una sola vez en el momento de la concesión de la póliza.
- Comisión de disponibilidad. Es una comisión que se cobra sobre el saldo medio contable no dispuesto en un determinado periodo que suele ser trimestral.
- Comisión de exceso sobre el límite concedido. Se aplicará sobre el mayor saldo deudor contable de dicho exceso que se hubiese producido en la cuenta en el periodo de liquidación o si al vencimiento no se ha restituido la cantidad dispuesta.
- Comisión de administración. Se cobra por cada apunte que se realiza en la póliza, excepto por los derivados de liquidaciones de intereses y comisiones de la propia póliza.
- Comisión de cancelación anticipada. Se pagará en el caso de que se cancele anticipadamente la póliza.
- Comisión de renovación. Si se renueva la póliza a su vencimiento.
Contabilización de las pólizas de crédito a largo plazo
Es más habitual que las pólizas de crédito se contraten a corto plazo, reflejándose en el Plan General de Contabilidad en el grupo 5 dentro del subgrupo de 3 dígitos 520. Deudas a corto plazo con entidades de crédito. Además, las pólizas de crédito a corto plazo disponen de un subgrupo de 4 dígitos para este tipo de financiación, el 5201. Deudas a corto plazo por crédito dispuesto.
Por su parte, las pólizas de crédito a largo plazo se engloban en el grupo 1 del Plan General Contable, en el subgrupo de 3 dígitos 170. Deudas a largo plazo con entidades de crédito. En este caso, el plan contable no nos presenta un desglose a 4 dígitos, pero de cara a contabilizarlas podemos seguir la misma estructura que en las pólizas a corto plazo, registrándolas contablemente en la cuenta 1701. Deudas a largo plazo por crédito dispuesto.
Los movimientos contables de una póliza de crédito a largo plazo serán los siguientes:
Por la disposición de cantidades:
(57) Cuenta de destino de los fondos |
a (1701) Deudas largo plazo por crédito dispuesto |
Cuando se reintegren fondos el asiento a realizar será el inverso.
Por el gasto financiero devengado:
(6623) Intereses de deudas con entidades de crédito |
a (1701) Deudas largo plazo por crédito dispuesto |
Por el importe de las comisiones:
(626) Servicios bancarios y similares |
a (1701) Deudas a largo plazo por crédito dispuesto |
El último año la deuda debe reclasificarse a corto plazo, debiendo realizarse el siguiente asiento contable y los intereses y comisiones se contabilizarán contra la cuenta 5201.
(1701) Deudas a largo plazo por crédito dispuesto |
a (5201) Deudas a corto plazo por crédito dispuesto |
Hay que tener en cuenta, que aunque el funcionamiento de una póliza de crédito es similar al de una cuenta corriente, no debe figurar en el balance con saldo deudor, por lo que aunque operativamente puedan existir saldos deudores a lo largo del ejercicio, si al final del ejercicio su saldo es deudor, debe traspasarse a una cuenta de bancos (572) que es donde se deben reflejar los depósitos bancarios.
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José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga
Colaborador del CEF.-