Aprobados los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión, estadísticos y contables de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y las entidades reaseguradoras, deberán remitir los modelos trimestrales cada trimestre
Enviado por Editorial el Vie, 21/03/2025 - 11:32Cambios en los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión, estadísticos y contables de las entidades aseguradoras y reaseguradoras para incluir información sobre la contribución de cada uno de los canales de distribución que utilizan, datos de carácter cualitativo para conocer cuestiones organizativas y de distribución geográfica de las pólizas intermediadas, los perímetros de consolidación y con las relaciones intersocietarias y se establece que las entidades reaseguradoras, deberán remitir de forma trimestral todos los modelos de información cuantitativa, a efectos de supervisión, estadísticos y contables.
En el BOE de hoy, 21 de marzo de 2025, se ha publicado la Orden ECM/271/2025, de 27 de febrero, por la que se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión, estadísticos y contables de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y los modelos de información cuantitativa a efectos estadísticos y contables de los grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras, para mejorar la eficacia de las tareas de supervisión y proporcionar una mayor protección a los asegurados.
La aprobacióndel Reglamento de Ejecución (UE) 2023/894 de la Comisión, de 4 de abril de 2023, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación de la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las plantillas para la presentación por parte de las empresas de seguros y de reaseguros a sus autoridades de supervisión de la información necesaria a efectos de su supervisión, y por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2450 y, por otro, del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales, obligan a actualizar el contenido de los modelos de información cuantitativa a la legislación vigente.
Los modelos aprobados en la presente orden ministerial serán de aplicación a las entidades aseguradoras y reaseguradoras con domicilio social en España, así como a las sucursales establecidas en España de entidades aseguradoras y reaseguradoras domiciliadas en terceros países y a los grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras cuando la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones ejerza las funciones de supervisor de grupo. Estos modelos no son aplicables a las entidades que estén sujetas a las Comunidades Autónomas que hayan asumido las competencias, en materia de ordenación y supervisión de entidades aseguradoras y reaseguradoras.